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Seguridad Jurídica y Normativa

Validez Legal y Cumplimiento Normativo de Koliwork

Información detallada para propietarios de talleres, clientes y asesorías legales sobre el cumplimiento de la normativa industrial y el reglamento de firma digital de la Unión Europea.

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¿Por qué solicitamos el R.E.T.?

El Registro Especial de Talleres (R.E.T.), también conocido en varias comunidades autónomas como el Número de Registro Industrial, es una exigencia legal ineludible bajo el Real Decreto 1457/1986.

Toda orden de trabajo o resguardo de depósito emitido en España debe contener explícitamente la identificación industrial del taller. No disponer de este campo expone al taller a sanciones administrativas por parte de Consumo.

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Validez de la Firma Digital

El resguardo firmado en tableta con Koliwork está diseñado para cumplir los requisitos técnicos de la Firma Electrónica Avanzada (FEA) del Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS), art. 26, y la Ley 6/2020 de servicios electrónicos de confianza. No es una firma electrónica cualificada (equivalente automática a manuscrita vía certificado de un QTSP).

Al firmar se genera un manifiesto de integridad SHA-256 (datos del check-in, daños, hashes de fotos, trazos cifrados, IP y dispositivo) y un registro bloqueado. El valor probatorio lo valora el juez; Koliwork aporta la evidencia técnica reproducible.

1. Obligación Industrial del Taller: Real Decreto 1457/1986

El Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles. En sus artículos se establecen de forma clara las siguientes obligaciones:

  • El Resguardo de Depósito obligatorio (Art. 14): En el momento en que un vehículo queda depositado en el taller para su reparación o elaboración de presupuesto, el taller está obligado a entregar al cliente un "resguardo de depósito". En él deben constar los desperfectos visibles detectados en la carrocería, el kilometraje actual y la cantidad de combustible.
  • Identificación Industrial del Taller: Este resguardo debe incluir de forma ostensible los datos de inscripción del taller en el Registro Especial de Talleres (RET) de la delegación de Industria. Omitir este dato puede invalidar el carácter liberador de responsabilidad del resguardo de cara al seguro o consumo.
  • Inversión de la carga por daños: Si un coche sufre un golpe en las instalaciones del taller y no se entregó un resguardo detallando que no existía previamente, la ley presume que el desperfecto ha sido causado por el taller, obligándole a asumir el coste íntegro de la reparación.
💡 Cómo ayuda Koliwork: el check-in guía el registro del estado del vehículo (fotos, daños, combustible, etc.) y genera un resguardo PDF con los datos del taller (incluido el RET si está configurado). El envío por correo al cliente es una función de producto cuando está activada; la obligación legal de entregar el resguardo recae en el taller.

2. Validez Legal de la Firma en Tableta: Reglamento (UE) eIDAS

Marco normativo: Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) — de aplicación directa — y Ley 6/2020 (servicios electrónicos de confianza en España; deroga la antigua Ley 59/2003 de firma electrónica). eIDAS distingue firma simple, avanzada (FEA) y cualificada (FEQ). Solo la cualificada tiene equivalencia legal automática a la manuscrita; la avanzada tiene efectos jurídicos y no puede denegarse como prueba por el solo hecho de ser electrónica (art. 25 eIDAS).

Koliwork implementa medidas técnicas orientadas al artículo 26 eIDAS (FEA):

A.

Vinculada al firmante e identificación (26.a / 26.b)

Además del PNG, se captura el trazo vectorial (x, y, t), el nombre y DNI/NIF del firmante (cliente o autorizado), y metadatos de sesión (IP, user-agent). El trazo se cifra en el servidor con AES-256-GCM y clave pública RSA (OAEP); la privada se custodia offline para peritaje. Esto refuerza el vínculo con el acto de firma concreto (no una imagen reutilizable).

B.

Control exclusivo (26.c)

La firma se realiza en el taller, en presencia del vehículo y del operario, sobre la tableta, tras consentimiento explícito y cláusulas del resguardo. El control del medio de firma en ese momento lo ejerce el firmante ante el receptor.

C.

Detección de cambios posteriores (26.d)

Se calcula un manifiesto fea-2 canónico y su hash SHA-256, que incluye: datos de negocio, marcadores de daño, hashes de las seis fotos en disco, hashes de las firmas PNG, ciphertext de los trazos, IP y user-agent. El registro queda bloqueado en base de datos. El PDF se genera después y su SHA-256 se guarda aparte (write-once). Alterar una foto, un daño o el manifiesto hace fallar la verificación del script de perito. Un sello CMS P12 del PDF (si la plataforma lo tiene) es opcional y acredita al emisor del documento, no al cliente.

Importante: esto no es asesoramiento jurídico. La Ley 6/2020 atribuye ventaja probatoria reforzada sobre todo a servicios de confianza cualificados (lista de confianza UE). La FEA autoalojada es defendible con buen audit trail; no sustituye un dictamen de abogado ni una FEQ de un QTSP.

3. Qué se guarda como evidencia (en lenguaje claro)

Cada check-in firmado genera un expediente técnico que un perito puede recomputar. No es una blockchain de todas las facturas del taller; es la integridad de ese resguardo.

Manifiesto + hash SHA-256

Resumen canónico de datos del check-in, daños, hashes de las fotos, firmas y trazos cifrados. Si se altera algo, el hash no cuadra.

Trazo cifrado

Coordenadas de la firma cifradas; solo con la clave privada offline se recuperan para pericia.

IP, dispositivo y hora

IP y user-agent al firmar; hora del servidor o token de una TSA (si está configurada). FreeTSA u otras TSA de prueba no son “cualificadas eIDAS”.

PDF del resguardo

Se genera después del hash del manifiesto. Su SHA-256 se guarda aparte. Un sello .p12 en el PDF (opcional) acredita al emisor del archivo, no al cliente.

Procedimiento paso a paso para un perito: Planning/runbook-perito-fea.md en el repositorio del producto.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Sustituye este resguardo en tableta al papel firmado de toda la vida?

Puede cumplir la función del resguardo de depósito del RD 1457/1986 (identificación del taller/RET, estado del vehículo, conformidad) y ser aportado como documento electrónico en juicio. eIDAS no permite denegar efectos jurídicos solo por ser electrónico. La equivalencia automática a firma manuscrita corresponde a la firma cualificada; la FEA se valora según su fiabilidad técnica y el conjunto probatorio.

¿Qué pasa si el cliente niega que esa sea su firma?

El expediente incluye: identidad declarada del firmante, trazo cifrado (descifrable solo con la privada offline), PNG, IP/UA, hora (TSA o servidor), manifiesto con hashes de fotos y daños, y registro bloqueado. Un perito puede recomputar el hash y, con la privada, recuperar el trazo. Eso no “demuestra al 100%” la autoría por sí solo (ninguna FEA autoalojada lo hace como una FEQ), pero constituye un audit trail serio y defendible frente a una simple imagen o un papel sin metadatos.

¿Hace falta un certificado electrónico de empresa?

No es obligatorio para la FEA del cliente (trazo + manifiesto + bloqueo). El certificado P12 de sello de entidad es opcional: añade un sello CMS al PDF (p. ej. “documento firmado” en Acrobat) a nombre de quien posee el certificado (p. ej. la plataforma). Se puede poner en marcha el flujo legal del resguardo sin P12 y añadir el sello cuando se disponga de él.

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* Exención de responsabilidad: Este documento tiene carácter estrictamente informativo y no constituye asesoramiento legal personalizado. Koliwork proporciona la tecnología necesaria para cumplir con los estándares técnicos vigentes, recayendo en el taller la responsabilidad final de la correcta custodia de los documentos y el alta de sus correspondientes licencias de actividad industrial.